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23 de diciembre de 2025

La muerte de Iñaki Bohn Rioboo: condenaron al administrador y al electricista del country donde el nene se electrocutó al tocar una farola

Fue por el delito de homicidio culposo. El fallo llegó tras casi nueve años de investigación y expuso una cadena de negligencias en el mantenimiento del barrio cerrado

>El Juzgado Correccional N°5 de Quilmes condenó este lunes al administrador del consorcio y al electricista del country Altos de Hudson II por el homicidio culposo de Según pudo saber Infobae, el fallo recayó sobre Santiago Domingo Collavini, administrador del barrio cerrado, quien recibió una pena de cuatro años de prisión; y Rubén Daniel Bentolila, responsable de la instalación eléctrica, condenado a cuatro años y medio de cárcel, más ocho años de inhabilitación profesional.

El tercer imputado en este juicio por el homicidio culposo de Iñaki fue Hernán Lucero, el encargado de mantenimiento del country, quien fue absuelto.

Hay que recordar que la familia de Iñaki esperó más de ocho años por una sentencia, más allá de que otros dos imputados, el arquitecto y director de obra Guillermo Marcial Franco y Enrique Rodrigo Rocha, empleado de mantenimiento eléctrico; recibieron a un año de prisión en suspenso y cinco de inhabilitación en un juicio abreviado.

La muerte del nene ocurrió el 22 de febrero de 2017, cuando Iñaki jugaba con amigos en la pileta común del barrio cerrado ubicado en la localidad de Berazategui. Al salir del agua para buscar una pelota, el menor tocó una farola que tenía corriente eléctrica y sufrió una descarga letal. En ese momento, paramédicos y personal de la Unidad de Pronta Atención de Hudson intentaron reanimarlo, aunque sin éxito.

Durante el juicio, la fiscalía y la querella pusieron el foco en la “falta de mantenimiento” y en “instalaciones deficientes” como causas directas del desenlace.

El expediente judicial incluyó informes periciales de Edesur y del Laboratorio de Alta Tensión de la Universidad Nacional de La Plata, que constataron la ausencia de disyuntor, la falta de jabalinas de puesta a tierra y la existencia de empalmes irregulares en el tendido eléctrico del country.

“El delito culposo está claramente acreditado; hay innumerables incumplimientos, violaron normas reglamentarias. Todas las instalaciones deben proteger la vida humana y acá no pasó”, remarcó el abogado Fabián Amendola durante los alegatos.

El fallo judicial, según fuentes del caso, reflejó la gravedad de las omisiones: “Las anomalías han sido groseras, fueron desoídas las alarmas y el resultado fue la muerte de una criatura de 11 años”, señaló Amendola.

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