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24 de octubre de 2025

Rechazaron la prisión domiciliaria al único detenido por el transfemicidio de Azul Semeñenko en Neuquén

El tribunal consideró que el riesgo de fuga y el entorpecimiento de la investigación estaba debidamente acreditado

>La solicitud de prisión domiciliaria presentada por la defensa de La decisión se tomó tras una audiencia celebrada este jueves, en la que participaron el juez Juan Guaita y las juezas Carolina García y Natalia Pelosso, según informó LM Neuquén.

La defensa, encabezada por Ezequiel Leanza, había solicitado una revisión de la medida cautelar, proponiendo la prisión domiciliaria o, en su defecto, una reducción del plazo de detención.

El Ministerio Público Fiscal argumentó la necesidad de mantener la prisión preventiva para garantizar el desarrollo de la investigación.

“La decisión del juez de garantías que dispuso la prisión preventiva por 8 meses no fue arbitraria. La defensa dice que fue arbitraria. Desde ya, me animo a anticipar que la decisión se encuentra suficientemente motivada y que lo que plantea la defensa es una mera disconformidad”, expresó el fiscal jefe Agustín García durante la audiencia.

Luego, detalló los argumentos que sustentaron la medida: “Ocultó el cuerpo de la víctima, modificó y excluyó evidencia”, recordó que se trató de “un hecho de violencia extrema”, con “una víctima que intentó defenderse” y en “situación de vulnerabilidad”. “Hay descarte del cuerpo en un desagüe en un lugar en donde fuera difícil de hallar. Y a esto hay que sumar la pena en expectativa, que es de prisión perpetua”, describió García en función de los riesgos de fuga incrementados en este caso.

Tras escuchar a las partes, el tribunal confirmó la prisión preventiva en los términos solicitados por la fiscalía y fijados inicialmente por el juez Kees.

La investigación preliminar, junto con las pericias científicas, determinó que la víctima sufrió múltiples heridas provocadas con elementos contundentes y armas blancas, lo que derivó en un shock hipovolémico agudo como causa de muerte. Posteriormente, el cuerpo fue trasladado y arrojado a un canal de desagüe, donde fue hallado el 14 de octubre.

El informe forense, destacado por la Fiscalía, concluyó que las lesiones presentaban un patrón de “muerte violenta tipo overkill”, caracterizado por una severidad y cantidad de heridas que exceden las necesarias para causar la muerte. Este tipo de violencia, según estudios forenses citados en el informe, suele estar presente en crímenes motivados por odio a la identidad de género o violencia de género. La Fiscalía subrayó la importancia de este informe para comprender la naturaleza del hecho.

En la audiencia de formulación de cargos, celebrada el martes anterior, la Fiscalía lo imputó por el delito de homicidio triplemente calificado: por ensañamiento, por odio a la identidad de género y por haber sido cometido por un hombre contra una mujer mediando violencia de género, en calidad de autor. El juez de garantías Juan Manuel Kees hizo lugar a la imputación y a la prisión preventiva por ocho meses, tal como lo solicitaron.

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