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26 de marzo de 2025

Empleadas domésticas: cuánto cobrarán en abril 2025

A la espera de nuevos aumentos, las trabajadoras del sector permanecerán cobrando sus sueldos en base a la escala salarial vigente. Cuál es la particularidad del próximo mes

>Luego de varios meses de negociación paritaria durante 2024, las empleadas de casas particulares cobrarán en abril lo mismo que el mes previo. En enero, durante la reunión Plenaria de la Comisión de Casas Particulares se había acordado un incremento retroactivo del 1,3% para diciembre y una suba del 1,2% para el salario de enero, que se cobró en febrero.

Esta fecha fue establecida para conmemorar la promulgación de la Ley número 26.844, conocida como Ley de Trabajo en Casas Particulares, en el año 2013. La ley estableció qué se considera trabajo en casas particulares. A saber, “toda prestación de servicios o ejecución de tareas de limpieza, de mantenimiento u otras actividades típicas del hogar, la asistencia personal y acompañamiento prestados a los miembros de la familia o a quienes convivan en el mismo domicilio con el empleador, así como el cuidado no terapéutico de personas enfermas o con discapacidad”.

En ese marco, según la resolución 1/2025, en abril los empleados que realizan tareas generales con retiro, cobrarán por hora $2.863, mientras que el salario mensual alcanzará los $351.233. En el caso de quienes cumplen estas mismas funciones sin retiro, el valor por hora se eleva a $3.089, traducido en un salario mensual total de $390.567.

Para los caseros, el valor de la hora alcanza los $3.089 a la vez que el mes suma $390.567. Al no existir la posibilidad de trabajo con retiro para ese puesto, no está contemplado otro monto.

En lo que respecta a la segunda categoría, es decir, el personal contratado para realizar tareas específicas, la tarifa por hora con retiro es de $3270 y en términos mensuales de $400.310. Si se trabaja sin retiro los montos son de $3.585 y $445.613, respectivamente.

Se aplicará un adicional por zona desfavorable equivalente al 30% sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías respecto del personal que preste tareas en las Provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.

De acuerdo a la reglamentación vigente, cuando el personal preste servicios en horas extra se deberá abonar un recargo del 50% calculado sobre el salario habitual si se trata de días comunes y un recargo del 100% calculado sobre el salario habitual en días sábados después de las trece horas, en días domingo y feriados.

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