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5 de mayo de 2026

La ANMAT prohibió la venta de una marca de productos de limpieza por falta de regularización

La medida se oficializó este martes y abarca más de veinte lavandinas, cloros y desengrasantes, por carecer de registro sanitario

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición total de uso, comercialización, publicidad y distribución de una extensa lista de productos de la marca "Agranel" en todo el país y en plataformas de venta electrónica.

La decisión se tomó por falta de registro sanitario y abarcó a presentaciones de agua lavandina, cloro, alguicidas, desengrasantes, suavizantes y otros artículos destinados a la limpieza y el cuidado del hogar. La decisión regirá hasta tanto se regularicen conforme a la normativa vigente.

La Disposición 2491/2026 publicada en Boletín Oficial surgió tras tareas de fiscalización y monitoreo efectuadas por el Servicio Domisanitarios del Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud (DEYGMPS). Según el informe oficial, se constató la promoción y venta de estos productos en la página web de la empresa y a través de redes sociales, sin que cuenten con registro ante la autoridad sanitaria.

La investigación identificó que, además de la comercialización directa por internet, los productos se publicitaban con variantes que imitan marcas reconocidas, como suavizante tipo Vivere, jabón líquido tipo Ariel o gel tipo Harpic. El listado incluyó cloro granulado, pastillas de cloro, cera para piso, silicona para distintas superficies, quita manchas, destapa cañerías, shampoo para autos, limpia vidrios y ahuyenta mosquitos. Según la ANMAT, ninguno de estos artículos se encuentra inscripto en los registros oficiales, lo que supone una infracción a la normativa que rige la elaboración, distribución y venta de productos domisanitarios en la Argentina.

La disposición instruye también a la Dirección de Relaciones Institucionales, la Dirección de Gestión de Información Técnica y otras dependencias técnicas y administrativas del Ministerio de Economía para que intervengan en la vigilancia y control del cumplimiento.

La autoridad sanitaria de la Provincia de Buenos Aires confirmó que los productos de Agranel tampoco cuentan con habilitación en su jurisdicción. Tras recibir notificaciones, el apoderado de la empresa reconoció que los productos objeto de la prohibición pertenecen a la firma. Las acciones de control incluyeron el envío de advertencias formales a los domicilios comerciales declarados en la web.

Para proteger la salud de los consumidores, el organismo fundamentó la decisión en la ausencia de información sobre las condiciones de manufactura y la falta de registros obligatorios. Remarcaron que tanto los establecimientos como los productos deben estar debidamente habilitados antes de poder distribuirse o promocionarse en el mercado nacional.

La disposición publicada ordena también dar intervención a la Coordinación de Sumarios para que, en una instancia posterior, se inicie el procedimiento sumarial destinado a determinar las responsabilidades administrativas de la empresa y sus representantes. Según la ANMAT, el sumario deberá asegurar el derecho de defensa y el debido proceso a los presuntos responsables, conforme a la legislación vigente.

Apenas una semana atrás, el organismo había actuado de la misma manera sobre productos similares. Mediante la disposición 2406/2026 afectó a la empresa Química El Regreso S.R.L., de Lomas del Mirador, donde se encontraron productos domisanitarios como soluciones de hipoclorito de sodio, líquidos limpiavidrios y desinfectantes que no contaban con aval sanitario. La autoridad dispuso el retiro de estos productos del mercado y abrió un sumario sanitario contra la firma y su director técnico por presuntos incumplimientos.

Ordenaron la prohibición de uso y comercialización de un equipo médico extraviado, identificado como "Generador y cable conector de Litotricia Intravascular (IVL)" marca Shockwave Medical, que estaba bajo consignación en el Hospital Fernández. La empresa SIPROTEC S.A. notificó la pérdida y, ante la imposibilidad de verificar su estado, la ANMAT prohibió su utilización en todo el país.

Por último, la Disposición 2419/2026 involucró a Soloimportacion S.R.L., ubicada en la Ciudad de Buenos Aires. Inspectores detectaron productos médicos importados de la marca Gamamed Vascular Systems Inc. sin registro y sin información sobre el responsable en Argentina. Estos dispositivos también quedaron prohibidos y se inició un sumario administrativo.

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