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27 de febrero de 2026

Confirmaron la condena del ex intendente de La Pampa implicado en la explotación de mujeres en dos cabarets

La Corte Suprema de Justicia dejó firme la sentencia de 5 años de prisión. La causa había comenzado en 2011

>La Corte Suprema de Justicia dejó firme una El fallo, que cierra una investigación de varios años, involucra hechos ocurridos en la provincia de La causa comenzó el 13 de diciembre de 2011, tras una denuncia telefónica recibida en la Delegación La Pampa de la Dirección Nacional de Migraciones. Una joven dominicana relató que había logrado escapar de un cabaret en Colonia 25 de Mayo y denunció maltratos y amenazas por parte de los responsables del prostíbulo.

Las autoridades actuaron con rapidez y el 16 de diciembre de 2011 allanaron el local nocturno. Durante el operativo, personal policial constató la presencia de 10 mujeres: nueve dominicanas y una argentina. En el predio se hallaron habitaciones y varias camas utilizadas tanto para vivir como para la realización de los llamados “pases”, según consta en el expediente.

En el expediente figura una ordenanza municipal fechada el 3 de septiembre de 2010, con la firma del entonces intendente Bravo, que prohibía expresamente “la habilitación de cabarets, whisquerías, clubes nocturnos y night clubs” en el ejido urbano de Colonia 25 de Mayo, aludiendo a que estos lugares “han encubierto el delito de trata de personas, violando la Ley de Profilaxis, que prohíbe los prostíbulos en todo el país”.

El Tribunal Oral Federal de La Pampa procesó y envió a juicio a Bravo por haber permitido el funcionamiento del prostíbulo, en contradicción con la ordenanza que llevaba su propia firma. El tribunal dictó una condena de cinco años de prisión.

Junto a Bravo, la mujer que administraba el prostíbulo recibió una condena por su rol en la explotación, mientras que un comisario investigado en la causa resultó absuelto del cargo de encubrimiento agravado.

La investigación judicial documentó las condiciones en las que vivían las mujeres, la modalidad de explotación y la existencia de habilitaciones municipales que, pese a la prohibición expresa, permitieron el funcionamiento del prostíbulo en Colonia 25 de Mayo. La condena a Bravo por trata de personas quedó firme tras la resolución de la Corte Suprema de Justicia, que rechazó el último recurso disponible para la defensa.

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