30 de enero de 2026
El ex de Lourdes Fernández va a juicio por violencia de género: podría enfrentar una pena de 28 años de cárcel

Leandro García Gómez está detenido desde el pasado 23 de octubre por lesiones leves, privación ilegítima de la libertad y amenazas coactivas, todas agravadas. Se espera que a mediados de febrero se conozca la fecha del debate
En su requerimiento ante el juez Diego Slupski, a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 13, la representante del Ministerio Público Fiscal solicitó que García Gómez sea juzgado como autor de los delitos de lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género; privación ilegítima de la libertad agravada por haber sido cometido en perjuicio de una persona a la que se le debe un respeto particular y por mediar violencia y coacción; y amenazas coactivas reiteradas en tres episodios.
“Los hechos no se toman como uno solo, sino como varios delitos independientes, lo que en derecho penal se llama concurso real. Eso hace que las penas se acumulen”, explicaron fuentes del caso.
Y enumeraron cómo se desglosa la pena que podría enfrentar García Gómez de ser hallado culpable de todo:- “Así, la pena mínima posible es de 2 años de prisión y la máxima que enfrenta, sumando todos los hechos imputados, llega a 28 años”, detallaron fuentes que entienden del tema, y acotaron que: “El tribunal, llegado el momento y de encontrarlo culpable, fijará una condena dentro de ese rango (2 a 28 años), evaluando la gravedad de los hechos, la reiteración, el daño causado y los antecedentes”.Según el requerimiento de elevación a juicio, García Gómez y Lourdes Fernández “mantuvieronuna relación de pareja conflictiva e intermitente desde principios del año 2020 hasta octubre de 2025, la cual estuvo signada por un sostenido contexto de violencia de género de larga data que se consolidó a través de distintas formas de agresión física y psicológica, conductas reiteradas de manipulación emocional, hostigamiento, control y por un progresivo aislamiento de la víctima respecto de su entorno familiar y afectivo >Asimismo, destacó que la reticencia de la víctima a impulsar el proceso penal no puede interpretarse como una ausencia de hechos, sino precisamente como un indicador del sometimiento en el que se encontraba.

