29 de enero de 2026
El Gobierno estableció los requisitos para que el personal militar pueda acceder a cargos públicos

Tras los cambios en el reglamento, el Ejecutivo dejó en claro que los militares de carrera no podrán acceder a la función pública mediante elecciones y mantener activa su carrera en las fuerzas
Asimismo, la actualización determinó que los oficiales, suboficiales y voluntarios del cuadro permanente continúan amparados mientras presten servicios en organismos del Ejército, funciones específicas en el Consejo de Defensa Nacional, en el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas o en la Casa Militar de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, así como al cumplir comisiones propias del servicio militar.
La reciente reforma impulsada por el Poder Ejecutivo abrió la posibilidad de que los militares designados en cargos del Ministerio de Defensa fuera de la estructura militar mantengan la continuidad de su carrera y sus beneficios. Esta disposición buscaría evitar que quienes acepten estos nombramientos vean perjudicadas tanto la suma de años de servicio como los cálculos para su retiro.
De la misma forma, el documento ratificó la incompatibilidad entre funciones operativas en las Fuerzas Armadas y cargos en el Ministerio. Por este motivo, un militar no podrá desempeñar simultáneamente ambas tareas. Aunque podrá ejercer el nuevo puesto sin pedir licencia, deberá cumplir las restricciones establecidas para la administración pública.


